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Plenos

Acta del Pleno Ordinario del 26 de Octubre (nÂș 11/2007)

ACTA DE LA SESION ORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE CALZADA DE CALATRAVA EL DIA 26 DE OCTUBRE DE 2007 (Nº 11/2007).
 
 
ASISTENTES
Sr. Alcalde-Presidente:
D.  Félix Martín Acevedo
Srs. Concejales:
D.  Salvador Antonio Laguna Benavent
D.ª  Lorenza Fca. de la Calle Hernán
Dª  María Elena Molina Sánchez
Dª   Angela Fca. Romero Cubero
D. Isidro Javier Zapata Romero
D. Francisco Espinosa Espinosa
Dª Teresa A. Fernández Rodríguez
D. Aurelio Paños Sánchez
Dª Mª Carmen Acevedo Gómez
D. Álvaro Almarcha Antequera
Sr. Secretario Accidental.:
D.  Manuel Espinosa Caballero
 

En Calzada de Calatrava (Ciudad Real), siendo las veintiuna  horas del día 26  de octubre de dos mil siete, en el Salón de Actos del Centro Social Polivalente sito en C/ Empedrada, 37 de esta localidad, se reúne el Pleno de la Corporación en primera convocatoria, en sesión pública ordinaria presidida por el Sr. Alcalde - Presidente, y con la concurrencia, previa convocatoria en forma, de los Sres. Concejales al margen reseñados, asistidos por mí, Secretario Accidental de la Corporación,  con nombramiento efectuado por Decreto de Alcaldía nº 34/2004, que doy fe.

Abierta la sesión y declarada pública por la Presidencia, y una vez comprobado el quórum de asistencia legalmente exigido para que pueda ser iniciada la presente sesión plenaria, se inicia el examen de los siguientes asuntos incluidos en el Orden del Día y se adoptan los acuerdos que asimismo se indican a continuación. 

PRIMERO.- CONOCIMIENTO Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL BORRADOR DEL ACTA DE LA SESION ANTERIOR (ordinaria, nº 10/2007, de 31 de agosto).
 
Visto el borrador del acta de la sesión ordinaria celebrada por el Pleno del Ayuntamiento el día 31 de agosto de 2007 (nº 10/2007).
No siendo necesaria su lectura en este acto por haberse remitido previamente copia del expresado borrador a los miembros del Pleno de la Corporación, el Sr. ALCALDE - PRESIDENTE pregunta si se desea formular alguna observación o rectificación.
El  Sr. Secretario explica, que existe un error material o de hecho en el acta de la expresada sesión plenaria,  concretamente en el cuarto párrafo de la segunda pregunta  que realiza el portavoz del partido socialista al Sr Alcalde –página 16-, donde dice “Asimismo el Sr. Concejal del Partido Socialista, D. Isidro Zapata Romero, comenta que ….” Debe decir: “Asimismo el Sr. Concejal del Partido Popular, D. Isidro Zapata Romero, comenta que ….”.  Sin ninguna otra  observación, se acuerda dar su aprobación al acta de la sesión ordinaria celebrada por el Pleno del Ayuntamiento el día  31 de agosto de 2007 (nº 10/2007), con  la citada enmienda, procediendo su definitiva trascripción reglamentaria conforme a lo dispuesto en el art. 199 del R.D. 2568/1986, de 26 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (ROF).

SEGUNDO.- ORDENANZAS FISCALES 2008.- ADOPCIÓN DEL ACUERDO QUE PROCEDA.-
VISTA la memoria-propuesta suscrita por la ALCALDÍA-PRESIDENCIA en fecha  23 de octubre de 2007, cuyo texto íntegro se transcribe a continuación:
“RESULTANDO necesario  modificar puntualmente determinadas Ordenanzas Fiscales de esta Corporación, al objeto de garantizar la adecuada prestación de los servicios de competencia municipal y el debido equilibrio presupuestario en el ejercicio del año 2008, mediante un incremento general equivalente al IPC interanual del 2,7 %

CONSIDERANDO lo preceptuado en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Esta ALCALDÍA-PRESIDENCIA propone al PLENO DEL AYUNTAMIENTO que, previo dictamen de la Comisión Informativa correspondiente, adopte el siguiente acuerdo:

PRIMERO.- Modificar provisionalmente y con el carácter puntual que se expresa las Ordenanzas Fiscales Municipales:

Ordenanza I-2.- ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE  VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA

Artículo 1.-
De conformidad con lo previsto en el artículo  95.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, las cuotas del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica aplicable en este Municipio para el ejercicio 2007 queda fijada en el siguiente cuadro de tarifas:

Potencia y clase de vehículos                                                 Cuota €

A) Turismos:
De menos de 8 caballos fiscales ............................................14,79 
De 8 hasta  11.99 caballos fiscales                .....................................39,93
De más de 12 hasta 15.99 caballos fiscales .......................... 84,29 
De más de 16 hasta 19.99 caballos fiscales ..........................  104,99 
De 20 caballos fiscales  en adelante.......................................... 131,23 

B) Autobuses:
De menos de 21 plazas ......................................................... 97,60 
De 21 a 50 plazas ................................................................. 139,01 
De más de 50 plazas .............................................................. 173,76 

C) Camiones:
De menos de 1.000 kilogramos de carga útil                   .......................          49,54
De 1.000 a 2.999 kilogramos de carga útil ........................... 97,60 
De más de 2.999 a 9.999 kilogramos de carga útil .............. 139,01 
De más de 9.999 kilogramos de carga útil ............................ 173,76 

D) Tractores:
De menos de 16 caballos fiscales........................................................            20,70
De 16 a 25 caballos fiscales .................................................................           32,53 
De más de 25 caballos fiscales  ............................................ 97,60 

E) Remolques y semirremolques arrastrados por vehículos de tracción mecánica:
De menos de 1.000 y más de 750 kilogramos de carga útil.................           20,70 
De 1.000 a 2.999 kilogramos de carga útil ........................... 32,53 
De más de 2.999 kilogramos de carga útil ............................ 97,60

F) Otros vehículos:
Ciclomotores ...................................................................... 5,18
Motocicletas hasta 125 c.c ................................................... 5,18 
Motocicletas de más de 125 hasta 250 c.c ........................... 8,87  
Motocicletas de más de 250 hasta 500 c.c ........................... 17,75 
Motocicletas de más de 500 hasta 1.000 c.c ........................ 35,49 
Motocicletas de más de 1.000 c.c .......................................... 70,98 

DISPOSICIÓN FINAL.-

La presente Ordenanza Fiscal entrará en vigor y comenzará a aplicarse a partir del día 1-1-2008, permaneciendo vigente hasta su modificación o derogación expresas.

ORDENANZA I-4.- ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS.

ARTICULO TERCERO.- BASE IMPONIBLE, CUOTA Y DEVENGO:

1. La Base imponible de este impuesto está constituida por el coste real y efectivo de la construcción, instalación u obra.

2. La cuota del impuesto será el resultado de aplicar a la base imponible el tipo de gravamen.

3. El tipo de gravamen general será el  2,6 por 100, salvo el aplicable a la instalación de lápidas en Cementerio Municipal que ascenderá al 4 por 100.

DISPOSICIÓN FINAL.-

La presente Ordenanza Fiscal entrará en vigor y comenzará a aplicarse a partir del día 1-1-2008, permaneciendo vigente hasta su modificación o derogación expresas.

     ORDENANZA T-1.- TASA DE CEMENTERIO MUNICIPAL
                       
Artículo 6.- Cuota Tributaria
 La cuota tributaria se determinará por aplicación de las siguientes Tarifas:

a) Las concesiones temporales para 5 años, por cada enterramiento: 9,51 €

b) Las concesiones de derechos a perpetuidad:
   - Terrenos en zona de preferencia: 341,08 €
   - Terrenos contiguos a los paseos: 341,08 €
   - Terrenos en el resto del Cementerio: 265,36 €
   - Terrenos en el Cementerio del Anejo de Huertezuelas: 227,43 €
   - La adquisición de derechos sobre fosas ya construidas por el Ayuntamiento: 871,68 €                   

c) Las que se concedan en el Cuartel "Nuestra Señora del Valle": 416,89 €

d) Concesiones sobre nichos: 166,75 €

e) Otros servicios:
1.- Enterramientos y traslados:
- Por cada enterramiento, en perpetuas o temporales: 37,93 €.
- Por traslado de cadáveres o restos dentro del Cementerio de la localidad: 37,93 €
- Por cada inhumación de restos de otros cementerios: 60,62 €
- Por exhumación para traslado a otros cementerios: 60,62 €

Disposición final

La presente Ordenanza Fiscal entrará en vigor y comenzará a aplicarse a partir del día 1-1-2008,  permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresas.

ORDENANZA T-3.- TASA POR PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE ALCANTARILLADO Y TRATAMIENTO Y DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES
Artículo 5.- Cuota tributaria

 1. La cuota tributaria correspondiente a la concesión de la licencia o autorización de acometida a la red de alcantarillado se exigirá por una sola vez y consistirá en la cantidad fija de 15,20  €

2. La cuota tributaria a exigir por la prestación de los servicios de alcantarillado se determinará en función de la cantidad de agua, medida en metros cúbicos, utilizada en la finca. A tal efecto, se aplicará la siguiente TARIFA:

a) Canon fijo por vivienda o local, por semestre: 2,00 €
b) Cuota variable, por cada metro cúbico de agua consumida, al semestre: 0,25 €.

DISPOSICIÓN FINAL.-

La presente Ordenanza Fiscal entrará en vigor y comenzará a aplicarse a partir del día 1-1-2008, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresas.

ORDENANZA T-4.- TASA POR RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS

Artículo 6.- Cuota Tributaria
1. La cuota tributaria consistirá en una cantidad fija, por unidad de local o vivienda.

2.A tal efecto, se aplicarán las siguientes Tarifas:
- Vivienda de carácter familiar:  20,66  € al semestre.
- Locales industriales, comerciales y despachos  profesionales: 52,68  € al semestre.
- Bares o cafeterías o establecimientos industriales: 58,87  €  al semestre.
- Locales de recreo, casinos, discotecas, centros docentes:  62,17  € al semestre.

DISPOSICIÓN FINAL.-

La presente Ordenanza Fiscal entrará en vigor y comenzará a aplicarse a partir del día 1-1-2008, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresas.

ORDENANZA T-5.- TASA POR SERVICIOS EN EL MERCADO MUNICIPAL DE ABASTOS.-
Artículo 5.- Tarifas

1.- La cuantía de la tasa regulada en esta ordenanza, que será de aplicación a los puestos no adjudicados previa licitación, será la fijada en las siguientes tarifas:
   
a) Puestos fijos:

- Casetas o puestos de carnes (de la 1 a la 18):tipo básico de adjudicación 214,58 € ocupación mensual de 25,98 €.
- Casetas o puestos de pescados (de 9 a 11): tipo básico de adjudicación 214,58 € ocupación mensual de  25,98 €.
- Caseta - Churrería: tipo básico de adjudicación: 214,58 €; ocupación mensual 47,26 € 
b) Puestos no fijos:

- Por cada metro cuadrado y día de puestos que se coloquen en porches, patios u otros lugares dentro del recinto del mercado, la cantidad de 0,47 €

DISPOSICIÓN FINAL.-

La presente Ordenanza Fiscal entrará en vigor y comenzará a aplicarse a partir del día 1-1-2008, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresas.

  ORDENANZA T-6.- ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR OCUPACION DE TERRENOS DE USO PUBLICO CON MERCANCIAS, MATERIALES DE CONSTRUCCION, ESCOMBROS, VALLAS, PUNTALES, ASNILLAS, ANDAMIOS Y OTRAS INSTALACIONES ANALOGAS.-

Articulo 5.- Cuota Tributaria

La cuota tributaria de la tasa regulada en esta Ordenanza será la fijada en las tarifas contenida en los apartados siguientes:

Tarifa primera. Ocupación de la vía pública con mercancías, materiales y elementos de construcción, contenedores, vallas y cerramientos:

- Importe por día y metro cuadrado: 0,05 €

Tarifa segunda. Ocupación que impida el tránsito de vehículos (calle cortada):

- Importe por hora: 1,50 €

DISPOSICIÓN FINAL.-

La presente Ordenanza Fiscal entrará en vigor y comenzará a aplicarse a partir del día 1-1-2008, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresas.

ORDENANZA T-7.- ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR OCUPACION DE TERRENOS DE USO PUBLICO POR MESAS, SILLAS, TRIBUNAS, TABLADOS Y OTROS ELEMENTOS ANÁLOGOS, CON FINALIDAD LUCRATIVA.-

Articulo 5.- Cuota Tributaria

1. La cuota tributaria de la tasa regulada en esta Ordenanza será la fijada en las tarifas contenida en los apartados siguientes:

a. Por cada metro cuadrado y día de superficie ocupada:

- Si se dispone de licencia para ocupación anual o para temporada estival  0,07 €
- En cualquier otro caso, 0,12 €.

DISPOSICIÓN FINAL.-

La presente Ordenanza Fiscal entrará en vigor y comenzará a aplicarse a partir del día 1-1-2008, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresas.


ORDENANZA T-8.- ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR PUESTOS, BARRACAS, CASETAS DE VENTA, ESPECTACULOS, ATRACCIONES O RECREO, SITUADOS EN TERRENO DE USO PUBLICO E INDUSTRIAS CALLEJERAS Y AMBULANTES Y RODAJE CINEMATOGRAFICO.-

Artículo 5.- Cuota Tributaria

La cuota tributaria de la tasa regulada en esta Ordenanza será la fijada en las tarifas contenida en los apartados siguientes:

a) Quioscos en terrenos de dominio público: al trimestre, por metro cuadrado: 1,59 € 
b)  Instalaciones durante las Ferias y Fiestas, Semana Santa, etc.:
  - Por cada metro cuadrado y día: 0,76 €
c) Instalación en Mercadillo Municipal: 
              - Por cada metro cuadrado y día, la cantidad de 0,53 €

DISPOSICIÓN FINAL.-

La presente Ordenanza Fiscal entrará en vigor y comenzará a aplicarse a partir del día 1-1-2008, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresas.

 ORDENANZA T-9.- ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR ENTRADA DE VEHÍCULOS A TRAVÉS DE LAS ACERAS Y RESERVAS DE LA VÍA PÚBLICA PARA APARCAMIENTO EXCLUSIVO.-                           

Artículo 5.- Cuota Tributaria

La cuota tributaria de la tasa regulada en esta Ordenanza será la fijada en las tarifas contenida en los apartados siguientes:

- Entrada de Vehículos a través de las aceras y vado permanentes: por cada metro lineal de la portada o fracción, al año: 5,28 €
                                                                                    
- En aquellos supuestos de reserva especial de la parte de la calzada situada frente a la entrada de vehículos, la cuota anteriormente citada se incrementará en un 30 por ciento.
                              
DISPOSICIÓN FINAL.-

La presente Ordenanza Fiscal entrará en vigor y comenzará a aplicarse a partir del día 1-1-2008, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresas.

ORDENANZA T-11.- ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACION DE LOS SERVICIOS DE CASAS DE BAÑOS, DUCHAS, PISCINAS, INSTALACIONES DEPORTIVAS Y OTROS SERVICIOS ANÁLOGOS.-

Artículo 5.- Cuota Tributaria

La cuota tributaria de la tasa regulada en esta Ordenanza será la fijada en las tarifas contenida en los apartados siguientes.

A. PISCINA MUNICIPAL:

  - ADULTOS:
       - Día laboral:                                      2,00 €
       - Sábado, domingo o festivo:             2,50 €
       - Abono semanal:                             10,00 €

  - INFANTILES Y MAYORES 65 AÑOS:
       - Día Laboral:                                     1,00 €
       - Sábado, domingo o festivos:            1,50 €
       - Abono semanal:                               5,00 €
- Personas con grado de minusvalía igual o superior al 33 %: Entrada Gratuita

B. PABELLÓN POLIDEPORTIVO CUBIERTO.-

- Por cada hora de utilización o fracción, los beneficiarios deberán abonar la cantidad de  9,00 €. Para la práctica de tenis, se abonará 2,30 € por usuario, salvo que el número de éstos sea igual o superior a cuatro, en cuyo caso se aplicará la tarifa indicada anteriormente de 9,00 €, en ambos supuestos por cada hora o fracción.

DISPOSICIÓN FINAL.-

La presente Ordenanza Fiscal entrará en vigor y comenzará a aplicarse a partir del día 1-1-2008, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresas.


ORDENANZA T-12.- ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR SERVICIOS DEL MATADERO MUNICIPAL.-
Artículo 5.- Tarifas

La cuantía de la tasa regulada en esta ordenanza será la fijada en las siguientes tarifas:

Servicio y clase de ganado:
- Estancia, reconocimiento y lavado vacuno:  33,00 €
- Estancia, reconocimiento y lavado de cerdo:  10,85 €
- Estancia, reconocimiento y lavado de caprino y ovino: 3,90 €

DISPOSICIÓN FINAL.-

La presente Ordenanza Fiscal entrará en vigor y comenzará a aplicarse a partir del día 1-1-2008, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresas.

ORDENANZA T-13.- TASA POR DISTRIBUCIÓN DE AGUA, ENGANCHE O ACOMETIDA DE LÍNEA Y COLOCACIÓN Y UTILIZACIÓN DE CONTADORES E INSTALACIONES ANÁLOGAS.

Artículo 5.- Cuota tributaria
 La cuota tributaria de la tasa regulada en esta Ordenanza será la fijada en las tarifas y cuotas fijas contenidas en los apartados siguientes:

a) Conexión o enganche a la red general:
- Hasta 1/2 pulgada:                   9,90 €
- De 1/2 a 1 pulgada:                27,10 €
- De 1 a 3 pulgadas:                  94,70 €
b) Consumos:
- Canon de servicio, al semestre:       4,55 €
- Canon fijo aportación al Consorcio de Agua, al semestre: 6,82 €
- Cuota por consumo semestral:
Unidades familiares hasta 5 miembros:
- Hasta 70 m.cúbicos, por unidad:    0,341097 €
- De 70 a 90 m.3, por unidad:           0,757988 €
- De  90 a 120 m.3, por unidad:        1,402278 €
- Más de 120 m.3, por unidad:          2,842459 €
Unidades familiares entre 6 y 8 miembros:
- Hasta 120 m.cúbicos, por unidad:   0,341097 €
- De 120 a130 m.3, por unidad:         0,757988 €
- Más de 130 m.3, por unidad:           2,767731 €
Unidades familiares + 8 miembros:
- Hasta 135 m.cúbicos, por unidad:   0,341097 €
- De 135 a 150 m.3, por unidad:        0,757988 €
- Más de 150 m.3, por unidad:          2,842459 €

DISPOSICIÓN FINAL.-

La presente Ordenanza Fiscal entrará en vigor y comenzará a aplicarse a partir del día 1-1-2008, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresas.

ORDENANZA T-14.- ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE GUARDERÍA EN EL CENTRO DE ATENCION INFANTIL DEL AYUNTAMIENTO DE CALZADA DE CALATRAVA.-

Artículo 5.- Cuota Tributaria
La cuota tributaria de la tasa regulada en esta Ordenanza consiste en una tarifa general que se fija será de CUARENTA Y SEIS EUROS (46,00 €) cada mensualidad natural, por menor asistente con independencia de la asistencia efectiva o no.

No obstante, en casos especiales debidamente justificados de uso de las instalaciones por plazo limitado atendiendo a circunstancias especiales, se faculta a la Alcaldía para que acuerde la prorrata de la tarifa, dando cuenta al Pleno en la siguiente sesión que celebre.

DISPOSICION FINAL.-

La presente Ordenanza Fiscal entrará en vigor y comenzará a aplicarse a partir del día 1-1-2008, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresas.

SEGUNDO.- Tramitar el expediente de conformidad con la legislación vigente, contenida en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.”

VISTO el dictamen favorable emitido por la Comisión Informativa Permanente de Cuentas, Hacienda y Presupuesto, en sesión celebrada en esta misma fecha.

Abierto el turno de intervenciones, y con la debida autorización, el  Sr. Concejal D. Francisco Espinosa Espinosa, en su calidad de Portavoz del Grupo Socialista, explica que su grupo está conforme con la subida generalizada del 2,7 %, igual al incremento del IPC de septiembre de 2006 a septiembre de 2007. Sin embargo, no está de acuerdo, y por tanto no aprueba, la subida que se propone en la tasa por prestación de los Servicios de Alcantarillado y Tratamiento y Depuración de Aguas Residuales, que supone un incremento del 40 %, entendiendo que tal  aumento viene motivado por la futura puesta en marcha de la nueva depuradora. Por ello, hasta que no se produzca este hecho, no ve procedente aplicar el expresado incremento. Además, propone que cuando se haya de aplicar  esta subida, se vaya ajustando de forma gradual  y, en todo caso, se empiece a repercutir a los vecinos, a partir de la puesta en funcionamiento de la nueva depuradora, pero nunca antes. A partir de ese momento se iría subiendo la correspondiente tasa de forma progresiva a lo largo de varios años (ocho, diez o doce años). Por todo ello, insiste en que ahora se aplique  la subida del 2,7 %, y a partir del momento en que entre en funcionamiento la nueva depuradora se vaya aplicando una subida de forma escalonada, en varios años, hasta llegar a la cantidad que corresponda, de la forma explicada. Este servicio no es distinto a otros que ofrece el Ayuntamiento, que son económicamente deficitarios y en estos momentos el Ayuntamiento tiene recursos suficientes, “tiene colchón”, para asumir el déficit que se produzca en este servicio.

Tampoco está de acuerdo, y consecuentemente, el Grupo Socialista, tampoco aprueba el incremento que se aplica a la ordenanza fiscal que regula la Tasa por Recogida de Residuos Sólidos Urbanos, por cuanto considera que se debería subir solamente un 2,2 %, que es el aumento que el Consorcio de Residuos Sólidos Urbanos va a practicar a la cuota que paga el Ayuntamiento a dicho Consorcio, con respecto al año 2006. Añade que en estos momentos los ingresos y gastos están equilibrados, por lo que no tiene porqué suponer un superávit la prestación de este servicio.

En cuanto a la subida que se aplica a la Ordenanza Fiscal que regula la Tasa por los servicios del matadero municipal. Su grupo estaría de acuerdo con la aplicación de tal subida, si se hace un compromiso expreso, por parte del grupo municipal de gobierno del Partido Popular, de hacer en el matadero municipal todas las inversiones necesarias para adaptarlo a la normativa de la Unión Europea, y todo ello a fin de que no se provoque el cierre de este servicio, tal y como se rumorea entre los carniceros de la localidad, tras la reciente reunión de este sector, mantenida con el Sr. Alcalde.

Acto seguido, el Sr. Alcalde explica, que la subida de la tasa por prestación de los Servicios de Alcantarillado  y Tratamiento y Depuración de Aguas Residuales es del 32 %, y está motivada en la previsión de que en breve entre en funcionamiento la nueva depuradora. El coste de este servicio, según los convenios que firmó el anterior gobierno socialista, es muy superior a la subida que se propone en la correspondiente ordenanza, pues se estima un incremento total, alrededor del 300 %, subida, que los vecinos de esta localidad no conocen. Por todo ello, el grupo municipal del Partido Popular, ha considerado que es un poco brusco realizar una subida instantánea de esta tasa, y de una sola vez, a la puesta en funcionamiento de la depuradora, por lo que ha preferido ir adaptando de forma gradual la Ordenanza Fiscal que se aplica a la prestación de este servicio,  y de esta forma ir concienciando a los vecinos de la localidad, subiendo ahora en torno al 32 % y el resto se irá incrementando paulatinamente, pero nunca se superará el coste que suponga este servicio para el Ayuntamiento, por lo que llegado el caso se realizarían las regularizaciones necesarias en las cuotas pagadas por los vecinos. Hace mención a las dos fuertes denuncias que ha tenido que pagar el Ayuntamiento (una de 6.000.-€ y otra de 9.000.-€) a la Confederación Hidrográfica del Guadiana, por irregularidades en los vertidos, producida en los dos últimos años, y que se supone que es responsable  la empresa EMASER, que para eso se le paga este servicio, según el convenio existente.
 
En lo referente a la Tasa por Recogida de Residuos Sólidos Urbanos, el Sr. Alcalde explica que en breve va a entrar en funcionamiento la prestación del  servicio del Punto Limpio, por lo que es necesario aplicar la subida propuesta en esta Ordenanza, y ha de tenerse en cuenta que aún así, no se paga el coste que va a suponer a este Ayuntamiento, la  expresada prestación.
 
Por último, el Sr. Alcalde declara, en relación con la Tasa por los servicios del matadero municipal, que en ningún momento ha manifestado que su intención es llevar a cabo el cierre del matadero municipal,  y  comenta que en la reunión, a que hace referencia el portavoz del partido socialista, con los Carniceros de esta localidad,  el Veterinario de Salud Pública, explicó a este sector  las medidas e inversiones que tenían que hacer los propios carniceros sobre su actividad para cumplir con la nueva normativa sanitaria aplicable a este sector, ya que se ha observado que los medios particulares de transporte de que disponen los carniceros de la localidad, en la mayoría de los casos, no cumplen con las medidas sanitarias establecidas, con el consiguiente riesgo y peligro para los consumidores.

También explica que es conocedor de que este servicio de matadero resulta deficitario para el Ayuntamiento y que para cumplir con la normativa sanitaria de la Unión Europea,  el Ayuntamiento tiene que realizar un esfuerzo económico para acometer las inversiones necesarias, pero que se hará lo posible para mantener este servicio, siempre y cuando no sea demasiado gravoso para el Ayuntamiento. Añade que las inversiones que a fecha de hoy se conoce, y siempre y cuando no surjan nuevos y posteriores gastos que, en su caso, sería objeto de estudio, el Ayuntamiento las va a asumir para adaptar las instalaciones del matadero a las normativa comunitaria, dejando claro que por su parte, los carniceros de la localidad han de ser conscientes de que ellos también han de realizar en su actividad, las medidas necesarias para cumplir con las normas sanitarias establecidas, máxime cuando estamos tratando un tema de salud pública, que afecta a todos los consumidores.

 Sin más intervenciones, El PLENO DEL AYUNTAMIENTO, en votación ordinaria y por unanimidad de los asistentes, aprueba  la subida propuesta en todas las tasas de las Ordenanzas Fiscales para 2008, excepto en la correspondiente a la Tasa por prestación de los Servicios de Alcantarillado y Tratamiento y Depuración de Aguas Residuales y la Tasa por Recogida de Residuos Sólidos Urbanos, que se aprueba, con  seis votos favorables, correspondientes a los concejales del Partido Popular,  cinco votos en contra de los concejales del Partido Socialista, por los motivos expuestos, y ninguna abstención. Asimismo las Tasas correspondientes a los servicios del matadero municipal, se aprueba sin ninguna abstención, seis votos favorables, correspondientes a los concejales del Partido Popular y también favorables los cinco votos de los concejales del PSOE, con la condición de que el grupo de gobierno municipal realice las inversiones necesarias para la adecuación de las instalaciones a la normativa comunitaria.

TERCERO.- EXPEDIENTE 3/001/2007 DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITO (Nº 1 DE SUPLEMENTO DE CREDITO POR MAYORES INGRESOS Y Nº 1 DE TRANSFERENCIA DE CREDITO ENTRE LOS DISTINTOS GRUPOS DE FUNCION).- ADOPCION DEL ACUERDO QUE PROCEDA.-

VISTA y explicada la propuesta suscrita por la ALCALDÍA - PRESIDENCIA en fecha 23 de octubre de  2007, cuyo texto íntegro es el siguiente:

“Habiendo resuelto la incoación de expediente de Modificación de Créditos nº 3/001/2007, (A: nº 1 de Suplemento de Créditos con mayores ingresos efectivamente recaudados y  B: nº 1 de Transferencia de Créditos entre distintos grupos de función) ante la urgente e inaplazable necesidad de dotar con mayores créditos las partidas de gastos destinadas a distintas inversiones y reparaciones en vías rurales, infraestructuras de las distintas pedanías y de la localidad, urbanización del Polígono Industrial, aportación municipal para los gastos de funcionamiento y mantenimiento de la Oficina de Turismo, transferencia al SEPECAM por la devolución del exceso de la subvención concedida para el Taller de Especialización Profesional “Atención Geriátrica” 2006 y mayor gasto de la obra “Pavimentación de calles con cargo al Fondo Regional de Cooperación Local 2007”, gastos que no pueden demorarse hasta el ejercicio siguiente sin quebranto de los intereses de este Ayuntamiento, propongo su aprobación al Pleno Corporativo, para lo cual presento la siguiente

    MEMORIA JUSTIFICATIVA

Elaborada según las prescripciones del artículo 36  del Real Decreto 500/1990  y 177 del Real Decreto Legislativo 2/2004 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

1. La modificación que ha de llevarse a cabo consiste en:
A) Suplemento de Créditos financiado con mayores ingresos efectivamente recaudados.
B) Transferencia de Créditos entre distintos Grupos de Función.
2. Las Partidas del Presupuesto de Gastos a las que afecta el expediente son las siguientes:

A)  Suplemento de Créditos

PARTIDA DENOMINACIÓN
5110.210 Reparaciones Caminos municipales
5110.61103 Urbanización Polígono Industrial
5111.61100 Pavimentación plaza Los Mirones
5112.61100 Adoquinado vías Huertezuelas
4320.210 Reparaciones Infraestructuras urbanismo
751.22602 Publicidad Oficina de Turismo
751.623 Maquinaria Oficina de Turismo

B) Transferencia de Créditos entre distintos Grupos de Función

PARTIDA DENOMINACIÓN
3225.22000 Material no inventariable TEPRO “Atención Geriátrica”
3225.22104 Vestuario personal TEPRO “Atención Geriátrica”
3225.22107 Productos farmacéuticos TEPRO “Atención Geriátrica”
3225.22604 Actividades TEPRO “Atención Geriátrica”
3225.22706 Trabajos técnicos TEPRO “Atención Geriátrica”
0113.31000 Intereses préstamo Construcción nuevo Ayuntamiento
0114.31000 Intereses préstamo Polígono Industrial
121.625 Adquisición mobiliario Administración
121.451 Devolución Subvenciones SEPECAM
5110.61100 F.R.C.L. 2007 Inversiones

3. La financiación de la presente modificación de crédito en su apartado A, se realizará con  mayores ingresos efectivamente recaudados en la siguiente partida de ingresos:
PARTIDA DENOMINACIÓN
397.00 Aprovechamientos Urbanísticos
420.03 Ministerio de Economía y Hacienda. Participación Telefónica
520 Intereses

En atención a los anteriores extremos, propongo al Pleno del Ayuntamiento que adopte el siguiente acuerdo:

PRIMERO.- Aprobar inicialmente el  Expediente de Modificación de Créditos nº 3/001/2007, que, en sus apartados A y B, se ajusta al siguiente detalle:

A)  Suplemento de Créditos

PARTIDA DENOMINACIÓN Cred.ant. Modificación Total
5110.210  Reparaciones caminos municipales 20.000,00 100.000,00 120.000,00
5110.61103 Urbanización Polígono Industrial 490.802,66 2.900,50 493.703,16
5111.61100 Pavimento Plaza Los Mirones 9.000,00 20.900,00 29.900,00
5112.61100 Adoquinado vías Huertezuelas 24.000,07 45.800,00 69.800,07
4320.210 Reparaciones infraestructuras urbanismo 19.000,00 6.750,00 25.750,00
751.226.02 Publicidad Oficina de Turismo 4.700,00 500,00 5.200,00
751.623 Maquinaria Oficina de Turismo 1.700,00 1.750,00 3.450,00
TOTAL SUPLEMENTO DE CREDITOS......................................... 178.600,50


ESTADO DE INGRESOS

PARTIDA CONCEPTO PREV. INIC. Aumento Rec. PREV. DEFINT.
397.00 Aprovechamientos urbanísticos 0,00 169.600,50 169.600,50
420.03 M.E.H. Participación Telefónica 0,00 5.500,00 5.500,00
520 Intereses 1.500,00 3.500,00 5.000,00
TOTAL MODIFICACIONES................................................. 178.600,50


B)  Transferencia de Créditos entre distintos Grupos de Función

                                                    AUMENTOS
PARTIDA DENOMINACIÓN Cred.ant. Aumento Total
121.451 Devoluc. Subvenciones SEPECAM 0,00 15.478,93 15.478,93
5110.61100 F.R.C.L. 2007 Inversiones 63.360,75 12.351,07 75.711,82
TOTAL AUMENTO DE CREDITOS ........................................ 27.830,00


     DISMINUCIONES
PARTIDA DENOMINACIÓN Cred.ant. Disminuc. Total
3225.22000 Material no inventariable TEPRO “Atención Geriátrica” 4.603,67 1.300,00 3.303,67
3225.22104 Vestuario personal TEPRO “Atención Geriátrica” 800,00 750,00 50,00
3225.22107 Productos farmacéuticos TEPRO “Atención Geriátrica” 500,00 480,00 20,00
3225.22604 Actividades TEPRO “Atención Geriátrica” 1.000,00 800,00 200,00
3225.22706 Trabajos técnicos TEPRO “Atención Geriátrica” 18.645,02 11.600,00 7.045,02
0113.31000 Intereses préstamo Construcción nuevo Ayuntamiento 16.000,00 5.500,00 10.500,00
0114.31000 Intereses préstamo Polígono Industrial 20.000,00 2.400,00 17.600,00
121.625 Adquisición mobiliario Administración 22.180,40 5.000,00 17.180,40
TOTAL DISMINUCIONES DE CREDITOS ............................ 27.830,00


SEGUNDO.- Que dicho expediente sea tramitado de acuerdo con el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.”

Abierto el turno de intervenciones, y con la debida autorización, el  Sr. Concejal D. Francisco Espinosa Espinosa, en su calidad de Portavoz del Grupo Socialista, explica que con esta Modificación se dota de mayor crédito determinadas inversiones y que ello es posible gracias al canon urbanístico que se ha ingresado con motivo de las instalaciones de placas fotovoltaicas en esta localidad, gestionadas y aprobadas por el anterior equipo de gobierno, lo que clarifica, una vez más, que el anterior gobierno socialista, no dejó endeudado al Ayuntamiento, tal y como se divulgó en la campaña electoral del partido popular, en las pasadas elecciones municipales.

El Sr. Alcalde explica que esta modificación de crédito ha sido también necesaria porque el anterior grupo de gobierno en su gestión, previa a las elecciones municipales pasadas, llevó a cabo gastos desmesurados  e incluso por encima del crédito existente en algunas partidas presupuestarias y contrataciones masivas, ya que se llego a superar las cien personas contratadas, absorbiendo también, el crédito que había habilitado para este efecto. Todo ello ha obligado a reajustar determinadas partidas para hacer frente a estos gastos, mediante la presente modificación de crédito. Añade que él personalmente nunca ha dicho que el Ayuntamiento estaba arruinado y desde luego, no se le puede achacar  al grupo del Partido Popular, los comentarios que hayan realizado otras personas a este respecto. Por último quiere hacer especial hincapié que la presente modificación de crédito, entre otros,  está motivada por los gastos excesivos, incluso sin crédito suficiente, en las correspondiente partidas presupuestarias, que llevó a cabo el anterior gobierno del grupo socialista, previamente y durante la campaña electoral de las pasadas elecciones municipales.

VISTO el dictamen favorable emitido por la Comisión Informativa Permanente de Cuentas, Hacienda y Presupuesto, en sesión celebrada en esta misma fecha.

El PLENO DEL AYUNTAMIENTO, en votación ordinaria y por unanimidad de los asistentes, con once votos favorables, ninguno en contra y ninguna abstención, adopta el siguiente acuerdo:

Aprobar la suscrita propuesta de la Alcaldía, en todo su contenido y sin ninguna enmienda

CUARTO.- ASIGNACIÓN ECONOMICA POR EL DESEMPEÑO DEL CARGO DE ALCALDE-PRESIDENTE EN REGIMEN DE DEDICACIÓN PARCIAL.- ADOPCION DEL ACUERDO QUE PROCEDA.-

VISTA la propuesta suscrita por la ALCALDÍA - PRESIDENCIA en fecha 23 de octubre de  2007, cuyo texto íntegro es el siguiente:
“ATENDIDO que el volumen de gestión de expedientes de diversa naturaleza en este Ayuntamiento de Calzada de Calatrava, así como la atención a los vecinos para resolver cuantos problemas se plantean, exigen una cotidiana dedicación por cuanto la gestión que en la misma se desarrolla requiere una atención constante en sí misma y por redundar directamente en distintos sectores de la actividad municipal, hacen aconsejable y conveniente, para su adecuado seguimiento y mayor garantía del interés público municipal que la Corporación tiene encomendado, que, el titular de la Alcaldía, desempeñe su cargo en régimen de dedicación parcial al Ayuntamiento.

CONSIDERANDO lo dispuesto en el artículo 75  de la ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y normas concordantes y generales de aplicación.

Esta ALCALDÍA-PRESIDENCIA propone al PLENO DEL AYUNTAMIENTO que adopte el siguiente acuerdo:

PRIMERO.- El cargo de Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento, a partir del día 1 de noviembre del año 2007, será desempeñado en régimen de dedicación parcial por el cargo electo, D. Félix Martín Acevedo.
 
SEGUNDO.- Las retribuciones asignadas al cargo de referencia por su desempeño en régimen de dedicación indicado se fijan en MIL OCHOCIENTOS EUROS NETOS (1.800.-€) por catorce pagas, que se verán incrementadas en el porcentaje en que se incremente el I.P.C. con efectos del primero de enero de cada año.

El cargo de Alcalde-Presidente no percibirá cantidad alguna en concepto de asistencia por la concurrencia efectiva a las sesiones de los órganos colegiados de esta Corporación.

TERCERO.- Proceder al alta en la Seguridad Social del afectado, que serán asumidas por la Corporación conforme a derecho.”

VISTO el dictamen favorable emitido por la Comisión Informativa Permanente de Cuentas, Hacienda y Presupuesto, en sesión celebrada en esta misma fecha.

Abierto el turno de intervenciones, y con la debida autorización, el  Sr. Concejal D. Francisco Espinosa Espinosa, en su calidad de Portavoz del Grupo Socialista, explica que su voto es totalmente en contra de esta propuesta, ya que el Partido Socialista de esta localidad, desde siempre ha optado porque ningún cargo político de este Ayuntamiento esté liberado y únicamente se cobrase por la asistencia efectiva a los distintos órganos colegiados. Además en la historia de la democracia de este pueblo, nunca ha habido ningún Alcalde liberado. También   considera que la propuesta, en sí misma, que realiza el Sr. Alcalde es incorrecta, habida cuenta que los salarios que se fijan vienen expresados de forma neta y no salarios brutos, como entiende que debería de ser, habida cuenta que en todos los sitios de la Administración, los salarios se establecen en cantidad bruta y no neta. Aprobar esta porpuesta, supone para el Ayuntamiento un coste, según sus cálculos, de unos 44.300.-€, porque su Alcalde se dedique parcialmente a realizar las funciones propias de su cargo, que en su opinión, puede compatibilizarlo perfectamente con su actividad cotidiana sin tener que liberarse. Por todo ello, el grupo socialista opina que el salario propuesto es una barbaridad y que al Sr. Alcalde se le ha “ido la mano” al fijar su salario,  máxime, teniendo en cuenta que la dedicación a que se compromete es parcial y no exclusiva.

El Sr. Alcalde, contesta que le sorprende lo rápido que el portavoz del partido socialista ha hecho las cuentas, ya que ni él mismo ha realizado estos cálculos. Aclara que la dedicación parcial de que estamos hablando es del 90 %, pero que además, si se tiene en cuenta el tiempo que efectivamente le viene dedicando al Ayuntamiento, se podrá comprobar que es muy superior a un 90% de la jornada laboral. Ha de tenerse en cuenta que los ingresos que percibe para el sustento de su familia, son los procedentes de su actividad agraria, como autónomo del campo, y que, tras estos meses que lleva  de mandato, ha comprobado que la dedicación que tiene que prestar al Ayuntamiento para atender a los vecinos como este pueblo merece, absorbe prácticamente todo su tiempo, con el consiguiente abandono de su actividad agraria, por evidentes razones. Ello le ha llevado a  tomar esta decisión, que desde luego no era lo que buscaba al entrar en la política de este pueblo, pero ha visto que es la forma mas honesta de solucionar este problema, en lugar de celebrar comisiones y plenos, aunque no haya necesidad de ello, con el sólo propósito de cobrar más, tal y como ha hecho el portavoz del partido socialista, cuando era Alcalde.


También comenta que le resulta alegre el comentario que ha hecho el Sr. Francisco Espinosa, al decir que “se le ha ido un poco la mano” al fijar el salario de 1.800.-€ netos mensuales, en catorce pagas. Solamente ha de fijarse en el salario de cualquier persona que tenga un trabajo estable, y se verá como no es tan desmesurado como ha comentado el portavoz del partido socialista. Además opina que con este salario, él se perjudica, ya que el dinero que deja de percibir, por su actividad  agraria, al dedicarle a la Alcaldía de este pueblo el tiempo que merece,  es muy superior al salario que se ha fijado.  Añade, que también es bueno que el pueblo sepa lo que el Sr. Francisco Espinosa Espinosa, ha estado percibiendo estos años del Ayuntamiento de Calzada de Calatrava por sus funciones como Alcalde. En este sentido, señala que por asistencias a los distintos órganos municipales, el Sr. Espinosa ha percibido de las arcas municipales entre doce y trece mil euros anuales, dinero que él mismo no percibirá al tener una dedicación parcial, por ser legalmente incompatible. Todo ello, independiente de lo que el Sr. Espinosa percibía por su dedicación a otros cargos políticos, como puede ser el de Vicepresidente de la Diputación, cargo basado en el de la Alcaldía que ostentaba, y que estaba remunerado con unos 64 ó 65 mil euros anuales, y que además suponía merma del tiempo que le podía dedicar a la Alcaldía de este pueblo, lógicamente en perjuicio de los vecinos de este municipio, que no recibían la atención y dedicación que merecen. Por todo ello le parece irrisorio el comentario de que “se le ha ido la mano al fijar su sueldo” realizado por el portavoz del Partido Socialista,   ya le hubiera gustado a él percibir la cantidad de dinero que el Sr. Espinosa percibía cuando estaba de diputado en la Diputación Provincial de Ciudad Real o el que percibe ahora con el cargo que tiene en el Consorcio del R.S.U.
  
Tras reiteradas intervenciones El PLENO DEL AYUNTAMIENTO, en votación ordinaria y por mayoría de los asistentes, con seis votos a favor, de los concejales del partido popular, cinco votos en contra, de los concejales del partido socialista y ninguna abstención, adopta el siguiente acuerdo:

Aprobar la suscrita propuesta de la Alcaldía, en todo su contenido y sin enmienda alguna.

QUINTO.- SOLICITUD, A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA LA MANCHA, DE AUTORIZACION PARA LA FISCALIZACIÓN ECONÓMICO-FINANCIERA DE  LAS  CUENTAS DE LA CORPORACIÓN DESDE EL EJERCICIO 2002 AL 2006,  POR LA SINDICATURA DE CUENTAS. ADOPCION DEL ACUERDO QUE PROCEDA.-

VISTA la propuesta suscrita por la ALCALDÍA - PRESIDENCIA en fecha 23 de octubre de  2007, cuyo texto íntegro es el siguiente:
“ATENDIDO que es positivo para los intereses municipales de este Ayuntamiento, un control externo económico y presupuestario de la actividad financiera de esta Corporación durante los ejercicios 2002 a 2006, mediante un seguimiento minucioso de la justa aplicación de los fondos públicos,  mediante la fiscalización externa de la actividad económico-financiera, velando por la legalidad y eficiencia de cuantos actos den lugar al reconocimiento de derechos y obligaciones de contenido económico, así como de los ingresos y pagos que de ellos se deriven y, en general, de la recaudación, inversión o aplicación de los fondos públicos así como de los contratos administrativos celebrados por los órganos y entes integrantes de este Ayuntamiento.

 Considerando lo dispuesto en los artículos  8,  13 y siguientes de la Ley 5/1993, de 27 de diciembre, de la Sindicatura de Cuentas de Castilla-la Mancha y normas concordante y generales de aplicación.

Esta ALCALDÍA-PRESIDENCIA propone al PLENO DEL AYUNTAMIENTO que adopte el siguiente acuerdo:

PRIMERO.- Interesar actuación fiscalizadora, a la Sindicatura de Cuentas de las Cortes de Castilla La Mancha, de las cuentas y gestión económico-financiera de la Corporación Municipal durante los ejercicios 2002 a 2006.

SEGUNDO.- Remitir la correspondiente solicitud junto con la certificación del presente acuerdo a las Cortes Regionales de Castilla La Mancha, para la tramitación correspondiente.”

No habiendo solicitado los portavoces de los grupos políticos municipales la apertura de turno alguno de intervenciones.

VISTO el dictamen favorable emitido por la Comisión Informativa Permanente de Cuentas, Hacienda y Presupuesto, en sesión celebrada en esta misma fecha.

El PLENO DEL AYUNTAMIENTO, en votación ordinaria y por unanimidad de los asistentes, con once votos favorables, ninguno en contra y ninguna abstención, adopta el siguiente acuerdo:

Aprobar la suscrita propuesta de la Alcaldía, en todo su contenido y sin enmienda alguna.

SEXTO.- PETICION DE DIAS NO LECTIVOS PARA LOS COLEGIOS PÚBLICOS E INSTITUTO DE ENSEÑANZA SECUNDARIA DE LA LOCALIDAD.- ADOPCION DEL ACUERDO QUE PROCEDA.-

VISTA la propuesta suscrita por la ALCALDÍA - PRESIDENCIA en fecha 23 de octubre de  2007, cuyo texto íntegro es el siguiente:

“Visto el  escrito presentado por los Colegios Públicos de esta Localidad, “Teresa de Jesús” e “Ignacio de Loyola” así como del I.E.S “Eduardo Valencia”  por el que, ponen en conocimiento de este Ayuntamiento que los Consejos Escolares de los citados Colegios han aprobado la petición para que el día 14 de marzo de 2008, sea declarado no lectivo, en sustitución del día 3 de agosto de 2008, fiesta local, habida cuenta que dicha fecha no es jornada de docencia directa a los alumnos/as.

Esta Alcaldía – Presidencia propone al PLENO DEL AYUNTAMIENTO que, previo dictamen de la Comisión Informativa que corresponda, adopte el siguiente acuerdo:
 
 PRIMERO.- Informar favorablemente la expresada solicitud para que el día 14 de marzo de 2008,  sea declarado no lectivo en los Colegios Públicos de esta Localidad “ Teresa de Jesús” e “Ignacio de Loyola” así como en el I.E.S “Eduardo Valencia”.

 SEGUNDO.- Remitir certificado del presente acuerdo a la Delegación Provincial de la Consejería de Educación y Ciencia de Castilla-La Mancha.”

VISTO el dictamen favorable emitido por la Comisión Informativa Permanente de Asuntos Generales, en sesión celebrada en esta misma fecha.

Abierto el turno de intervenciones, la concejala Delegad de Cultura, Dª Lorenza de la Calle Hernán, manifiesta que se debería incluir, en el presente acuerdo, la aplicación del mismo, también al personal docente de la Escuela de Adultos de esta localidad.

El PLENO DEL AYUNTAMIENTO, en votación ordinaria y por unanimidad de los asistentes, con once votos favorables, ninguno en contra y ninguna abstención, adopta el siguiente acuerdo:

Aprobar la suscrita propuesta de la Alcaldía, en todo su contenido e incluir la aplicación del mismo al personal docente de la Escuela de Adultos de esta localidad.

SEPTIMO.- PROPUESTA DE MODIFICACIÓN PUNTUAL DE LOS MIEMBROS DE LA COMISIÓN LOCAL DE PASTOS.- ADOPCION DEL ACUERDO QUE PROCEDA.-

VISTA la propuesta suscrita por la ALCALDÍA - PRESIDENCIA en fecha 23 de octubre de  2007, cuyo texto íntegro es el siguiente:
“RESULTANDO que la ley autonómica 7/2000, de 23 de noviembre, de Ordenación del Aprovechamiento de Pastos, Hierbas y Rastrojeras (DOCM nº 122, de 5 de diciembre) determina la creación en todos los municipios de Castilla – La Mancha de una Comisión Local de Pastos, integrada por representantes de los propietarios de tierras sujetas al régimen de ordenación de pastos determinado por la ley y por representantes de los ganaderos adjudicatarios de los mismos, y que habrán de ser nombrados por el Pleno del Ayuntamiento, a propuesta de las Organizaciones Profesionales Agrarias más representativas.

RESULTANDO que, en cumplimiento de lo dispuesto en la norma citada, el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada en fecha 24 de noviembre de de 2005, resolvió nombrar vocales titulares y suplentes de la Comisión Local de Pastos de Calzada de Calatrava a propuesta de ASAJA a las personas que constan en el acta de la sesión, y, entre ellos, a D. Félix Martín Acevedo.

RESULTANDO que, D. Félix Martín Acevedo, tras las Elecciones Municipales celebradas el pasado día 27 de mayo y en el acto de Constitución de los Ayuntamientos, celebrado el día 16 de junio del presente año, resultó elegido Alcalde de esta localidad, por lo que asume la presidencia de la Comisión Local de Pastos de este municipio.

Mediante escrito de fecha 15 de octubre de 2007, la Asociación Agraria – Jóvenes Agricultores (ASAJA) comunica a esta entidad local, la baja en dicha comisión de D. Félix Martín Acevedo, sustituyéndole en representación de ASAJA D. Juan Ramón Varón Serrano.

CONSIDERANDO lo previsto en el artículo 4.3 de la ley autonómica 7/2000, de 23 de noviembre, y normas concordantes y generales de aplicación.

Esta ALCALDIA-PRESIDENCIA propone al PLENO DEL AYUNTAMIENTO que adopte el siguiente acuerdo:

PRIMERO.- Nombrar a D. Juan Ramón Varón Serrano vocal titular representante de los Propietarios de tierras sujetas al régimen de ordenación de pastos la Comisión Local de Pastos de Calzada de Calatrava, a propuesta de ASAJA, y en sustitución de D. Félix Martín Acevedo.

SEGUNDO.- Notificar la presente resolución al interesado, a ASAJA y dar cuenta de la misma a la Comisión Local de Pastos de esta localidad.”
VISTO el dictamen favorable emitido por la Comisión Informativa Permanente de Agricultura, Medio Ambiente y Caminos, en sesión celebrada en esta misma fecha.

No habiendo solicitado los portavoces de los grupos políticos municipales la apertura de turno alguno de intervenciones.

El PLENO DEL AYUNTAMIENTO, en votación ordinaria y por unanimidad de los asistentes, con once votos favorables, ninguno en contra y ninguna abstención, adopta el siguiente acuerdo:

Aprobar la suscrita propuesta de la Alcaldía, en todo su contenido y sin enmienda alguna

OCTAVO.- PROPUESTA DEL GRUPO SOCIALISTA PARA LA COLOCACION, NUEVAMENTE, DE LOS RESALTOS EN LAS CALLES DE LA LOCALIDAD.- ADOPCION DEL ACUERDO QUE PROCEDA.-

El Sr. Alcalde-Presidente explica que este asunto ha sido incluido en el Orden del día de este Pleno mediante propuesta del Grupo Municipal Socialista de fecha 20 de octubre de 2007, cuyo texto literal es el siguiente:

““FRANCISCO ESPINOSA ESPINOSA, Portavoz del Grupo Municipal Socialista, al amparo de lo dispuesto en el artículo 97.3 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, presenta en tiempo y forma para su discusión y, en su caso aprobación en el próximo Pleno Ordinario, la siguiente 

                MOCION DEL GRUPO MUNICIP AL SOCIALISTA

                     ANTECEDENTES

Que en los primeros meses del actual año 2.007, el anterior equipo de gobierno socialista, atendiendo las peticiones por escrito de vecinos, AMPAS, Consejos Escolares, etc., llevó a cabo la colocación de resaltos en determinadas calles de la localidad para minorar la velocidad del tráfico y garantizar una mayor seguridad tanto para los viandantes como para los conductores.
Que el actual equipo de gobierno en sus primeros días de mandato ordenó retirar prácticamente la totalidad de los resaltos, de manera precipitada y sin aportar ninguna medida alternativa, provocando que la nota predominante del tráfico en el casco urbano sea las velocidades altas, reconocido por el Sr. Alcalde en Pleno y en los medios de comunicación, y como consecuencia de ello se ha producido numerosos accidentes alguno de ellos con heridos de consideración.
Por todo ello, el Grupo Municipal Socialista de este Ayuntamiento, PROPONE AL PLENO, la adopción del siguiente 

                 ACUERDO

Que se vuelvan a colocar nuevamente los resaltos, para minorar la velocidad de los vehículos y así evitar posibles accidentes y lo que es más importante no tener que lamentar desgracias personales.”

Observado que la Comisión Informativa Permanente de Asuntos Generales, en sesión celebrada en esta misma fecha  ha dictaminado desfavorablemente la expresa propuesta.

Con la debida autorización, el Portavoz del Grupo Socialista, D. Francisco Espinosa Espinosa explica su propuesta y manifiesta que, en su calidad de Portavoz del Grupo Socialista, explica detalladamente esta propuesta y reitera su petición al grupo del partido popular para que, hasta que se tomen otras medidas, se coloquen los resaltos que existían a la entrada el Partido Popular, en el gobierno local. Todo ello, con el fin de aminorar la velocidad de los vehículos y así evitar posibles accidentes y lo que es más importante no tener que lamentar desgracias personales. Hace referencia a los últimos accidentes acontecidos en la localidad, que en su opinión, con los resaltos, al menos alguno se podría haber evitado o reducido sus graves consecuencias.

Seguidamente el Sr. Alcalde explica que están dotadas de resaltos, las zonas de la localidad que son más conflictivas, como por ejemplo  los colegios,  la calle Real y  otros sitios en que no había,  y que se ha considerado conveniente para completar la actuación, en cuanto a colocación de resaltos en las vías públicas de la localidad. Manifiesta que está comprobado que los resaltos, no es el medio más adecuado en el caso urbano para evitar accidentes de tráfico,   ya que por la propia estructura de los mismos, son más los inconvenientes que presentan, que las ventajas,  e incluso pueden provocar serias averías en las suspensiones de los vehículos, con las consiguientes consecuencias de responsabilidad para este Ayuntamiento. Estos resaltos están pensados para colocaciones provisionales en momentos concretos y no de forma permanente, ya que, además de que resulta un elemento excesivamente caro, después, el mantenimiento también es costoso, habida cuenta que al ir fijados al suelo con simples tornillos, hace que a menudo haya que emplear personal en la revisión y nuevo atornillado de los mismos, que por el paso de vehículos acaban desatornillándose. Añade que se están realizando ya actuaciones en materia de seguridad vial, como colocación de espejos, pintado de pasos de cebra e incluso se están haciendo las gestiones oportunas para la colocación de radar en esta localidad, así como se tiene pensado hacer campañas de Seguridad Vial para la concienciación de los usuarios de las vías públicas. Todo ello es más efectivo que la colocación de resaltos, por los motivos que se han explicado.

También rebate la opinión y notas de prensas realizadas por el portavoz del grupo socialista, en las que se achaca el motivo de los últimos accidentes que se han producido en la localidad, a la no existencia de los resaltos que había colocado el anterior gobierno socialista. Para ello da lectura a todos los informes realizados por la policía local, en todos y cada uno de los últimos accidentes que se han producido en la localidad y pone de manifiesto que en estos informes figura expresamente explicado que la existencia de resaltos en la zona de los accidentes, no hubieran evitado los mismos, ya que las causas evidentes de estos accidentes son otros motivos como la embriaguez de los conductores, negligencia en la conducción, etc e incluso uno de los accidentes que se produjo con una motocicleta, fue nada más pasar, precisamente, un resalto. Por lo que el resalto, como se puede comprobar, no evitó el accidente.

Por último, la Sra. Concejala del Partido Popular, Dª Lorenza de la Calle, interviene para explicar que no se debe olvidar el componente educativo en materia de seguridad vial, ya que es ahí donde hay que incidir de forma especial, al ser primordial la concienciación de los conductores para el respeto de las normas de Seguridad Vial, y de esta forma se conseguiría una mayor eficacia en esta materia. 
 
Tras reiteradas intervenciones, de ambos grupos políticos, en el mismo sentido explicado anteriormente, se somete la expresada propuesta a votación. El PLENO DEL AYUNTAMIENTO, en votación ordinaria y por mayoría absoluta, con seis votos desfavorables  de los concejales del Partido Popular y cinco votos a favor, de los concejales del Partido Socialista Obrero Español, acuerda desestimar la propuesta del Grupo Municipal Socialista transcrita anteriormente, por los motivos expresados anteriormente.

OCTAVO.- INFORMES DE LA ALCALDÍA.-
No se formula ningún informe.

NOVENO.- CUESTIONES DE URGENCIA.-
No se plantea ninguna cuestión de urgencia.-

DECIMO.- RUEGOS Y PREGUNTAS.-
Abierto el turno de ruegos y preguntas, se formulan los que seguidamente se transcriben, siendo contestados en los términos que, asimismo, se expresa a continuación:

El Sr. Concejal  D.  Francisco Espinosa Espinosa, actuando en calidad de portavoz del Grupo Socialista, formula los siguientes ruegos y preguntas:

RUEGOS

1°.- Sr. Alcalde, los pasados 21 y 31 de Agosto solicité, en nombre del Grupo Socialista, la relación de ingresos y gastos de la Feria 2007, comprometiéndose el Concejal Delegado de Hacienda entregar dicha información en la primera semana de Septiembre, promesa que no ha cumplido, por ello le vuelvo a solicitar de nuevo, y es la tercera vez, los ingresos y gastos correspondientes a la Feria de 2007.
La Sra. Delegada de Festejos, Dª Elena Molina, explica que el motivo de no entregar esta documentación, hasta la fecha, es por que ha habido un retraso en la entrega de facturas por parte de los proveedores y también en la entrega de dinero comprometida de algunos colaboradores, por lo que en el momento en que esté disponible toda la documentación se le hará entrega de la misma al portavoz del Partido Socialista. 

2°.- Sr. Alcalde, el pasado 3 de Octubre, solicité por escrito, en nombre del Grupo Socialista, el expediente de contratación del depósito del dinero proveniente del canon urbanístico de las plantas solares fotovoltaicas en entidades bancarias de la localidad, hasta la fecha de hoy no se me ha facilitado, le ruego dé las instrucciones oportunas para que se me facilite dicha documentación.
El Sr. Alcalde, contesta que mañana mismo puede ir a consultar dicha documentación.

3°.- Sr. Alcalde, nos consta que como viene siendo habitual las Hermandades de San Cristóbal, Virgen de los Remedios, Cristo del Sagrario y Salvador del Mundo y la Guardia Civil, ha cursado invitación para sus actos al Sr. Alcalde y Corporación Municipal, por ello le ruego que en las sucesivas invitaciones nos traslade dichas comunicaciones, porque los Concejales del Grupo Municipal Socialista también somos Corporativos.
El Sr. Alcalde, comenta que todas las invitaciones que llegan a la Corporación, se ponen en sitio visible, si bien reconoce que dado la provisionalidad de la ubicación de las oficinas del ayuntamiento y la falta de infraestructura, hacen que el sitio en el que se exponen estas invitaciones no sea el más adecuado, pero que daba por hecho  que el partido socialista era conocedor de estas invitaciones, ya  que el portavoz de este grupo político visita a menudo las dependencias municipales y estas invitaciones han estado expuestas en las estanterías de las oficinas.
No obstante, quiere dejar claro, que no tiene ningún interés personal en ocultar estos documentos y mucho menos en evitar, por cualquier medio, que los Corporativos Socialista acudan a los eventos en que es invitada la Corporación Municipal.

4°.- Sr. Alcalde, la Agente de Empleo y Desarrollo Local (A.E.D.L.), trabajadora de este Ayuntamiento con cargo a la subvención concedida del SEPECAM, está realizando funciones de Auxiliar Administrativo, en concreto en el Registro de Salidas y Entradas de documentos, por ello le ruego que dé las instrucciones para que esta profesional realice las funciones propias de su categoría y se le dote de un despacho donde pueda desempeñar las funciones propias de un A.E.D.L. tal como lo venía haciendo.
El Sr. Alcalde, contesta, que le sorprende mucho esta pregunta, ya que según las averiguaciones practicadas, el Agente de Empleo y Desarrollo Local AEDL), que hubo con el anterior equipo de gobierno, en el que era Alcalde el actual Portavoz del Grupo Socialista,  despeñaba estas funciones y otras de colaboración en las oficinas generales del Ayuntamiento. Y la AEDL actual, también con el gobierno socialista, asiduamente realizaba tareas propias de auxiliar administrativo en la Universidad Popular, como hacer matrículas, etc.
No obstante ello, el Sr. Alcalde, comenta que ha considerado más adecuado ubicar a la AEDL en las oficinas del Ayuntamiento, cercana a él, porque lo ve más operativo y útil. Asimismo tiene instrucciones de realizar primero su trabajo y en los momentos de necesidad que eche una mano en los servicios de Secretaría y Registro, pero sin descuidar sus funciones propias.
La Sr. Concejala de Cultura, Dª Lorenza de la Calle, explica que antes de realizar el traslado de la Agente de Empleo y Desarrollo Local, se le consultó a la propia interesada y ella misma aseguró que por ella esta encantada de tal traslado y le convenía la propuesta realizada.

5°.- Con fecha 7 de Septiembre se ha colgado en la página de Internet de nuestro Ayuntamiento un artículo con el encabezamiento "el PP de Calzada acusa a Espinosa de confundir a los vecinos y apropiarse de puntos de su programa" en el que se vierten críticas políticas contra el Grupo Socialista y contra su portavoz. Al Grupo Socialista le ha causado sorpresa e indignación el comprobar como el PP está utilizando políticamente y de forma partidista una página de Internet del Ayuntamiento creada y mantenida con dinero de todos los vecinos.
Al leer este artículo, parecía estar leyendo la página web del pp o su revista "el popular" y no la página oficial de Internet del Ayuntamiento cuya finalidad debe ser la de informar a los vecinos sobre actividades culturales, deportivas, de ocio, formativas, de empleo, etc., siempre de carácter general y nunca de propaganda política o ataques a la oposición. ,
Por ello, Sr. Alcalde le rogamos dé las instrucciones necesarias para que se retire no sólo el citado artículo sino también todo el apartado "NOTICIAS" por entender el Grupo Socialista que se presta a una utilización propagandística y partidista de quien gobierna, lo que queda demostrado con este artículo, aunque este ,hecho se trate de ocultar incluyéndolas entre otro tipo de noticias.
El Sr. Alcalde, explica que tal información no ha sido colocada, en este medio, con ánimo partidista, sino que el único propósito ha sido esclarecer las crónicas realizadas por el Partido Socialista sobre las intervenciones del Alcalde en el pasado pleno de agosto, ya que están totalmente desvirtuadas y sacadas fuera de contexto. Por todo ello y para que el pueblo sepa la verdad de las cosas, decidieron colocar en esta página de internet.  No obstante ello, se procederá a quitar dicha información.
El Sr. Concejal Socialista, D. Aurelio Paños, dice que la página Web del Ayuntamiento, no es el sitio más adecuado para colocar este tipo de información.

6°.- El pasado 6 de Agosto se echó una capa de asfalto a la calle Ancha, a juicio del Grupo Socialista innecesario puesto que el firme de la calzada se encontraba en perfectas condiciones y que ha provocado que el nivel y la inclinación de la calzada resultante suponga en muchos puntos de la citada calle un grave riesgo de inundación para las casas y locales de sus vecinos en el caso de lluvias abundantes, tal como se lo advertimos en nuestro escrito de fecha 7 de Agosto pasado.
Dado que éste es un problema real que se les 'ha creado a los vecinos y del que no se les puede responsabilizar a ellos, le ruego Sr. Alcalde se lleven a cabo todas las actuaciones indicadas por el Arquitecto Técnico Municipal en su informe de fecha 9 de Agosto pasado, aunque lo ideal hubiese sido no autorizar ninguna actuación de este tipo en dicha calle.
El Sr. Concejal delegado de Obras y Urbanismo, D. Isidro Zapata, indica que la calle Ancha, está considerada como carretera de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha, por tanto la gestión y obras de conservación y mantenimiento las realiza esta Administración Regional. No obstante ello, el proyecto de esta obra estuvo expuesto al público a efectos de sugerencias y reclamaciones, cuando gobernaba el Partido Municipal Socialista, por lo que es en ese período para reclamaciones, cuando se debió preocupar el anterior de gobierno de oponerse o al menos haber pedido un estudio de viabilidad de tales obras de asfaltado en evitación de los riesgos de inundación a que hace referencia. Este es el procedimiento  establecido, al cual también está sujeto la Administración. Por ello, con un mínimo de interés por parte del Partido Socialista, cundo estaba en el Gobierno Local, seguramente se hubiera evitado este problema.
El Portavoz del Partido Socialista, explica que, en su opinión, el momento de no autorizar esta obra es en el instante en que se procede a realizarla. De hecho, si él hubiera estado en el Gobierno Municipal, no la hubiera autorizado.
El Sr. Alcalde, comenta que este asfalto lo echaron con una rapidez extrema y cuando se dieron cuenta ya esta echado, todo ello, lógicamente porque forma parte del proyecto de acondicionamiento de la carretera de Santa Cruz de Mudela, que se aprobó en su momento sin ninguna oposición ni reclamación del grupo socialista que gobernaba en ese período, y no se ha realizado de forma aislada, por lo que a este Ayuntamiento no se le pidió autorización ni consulta alguna. No obstante ello se están realizando las gestiones oportunas para solucionar este problema.

PREGUNTAS :

1ª.- Sr. Alcalde, por 2ª vez y va a ser la última, le pregunto cual es la postura del actual equipo de gobierno, en relación con el expediente de desafectación de 64 Has del Monte Público " Atalaya", aprobado por unanimidad en la anterior legislatura al objeto de instalar una granja destinada a Porcino Ibérico por la Comercializadora Los Titos S.L., con una inversión de 631.000.-€  y la creación de 8 puestos de trabajo, y si han informado y cómo sobre las alegaciones presentadas por particulares a la Delegación Provincial de Medio Ambiente y Desarrollo Rural.
El Sr. Concejal del Partido Popular, explica que este expediente está en estudio y que cuando se decida algo al respecto, será debidamente informado el Grupo Municipal Socialista.
Seguidamente el Sr. Alcalde hace entrega al Sr. Concejal del Partido Socialista, D. Alvaro Almarcha, de un contrato de arrendamiento cinegético, que había solicitado por escrito este Concejal,  que firmó el anterior Alcalde, D. Francisco Espinosa,  para el arrendamiento cinegético de parcelas del Ayuntamiento en el paraje de “La Zorra” por un periodo de cinco años, sin seguir el procedimiento establecido y del que no había ninguna constancia en el Ayuntamiento. Este contrato se ha conseguido a través del adjudicatario y con motivo del interés de varios vecinos de esta localidad que tenían para el arrendamiento de estas parcelas, cuyo contrato cumplía a finales de junio del presente año. La sorpresa ha sido manifiesta al descubrir que el Sr. Francisco Espinosa, tres meses antes de finalizar la vigencia del contrato anterior, de forma personal, sin el debido procedimiento y sin dejar ninguna constancia en este Ayuntamiento, firmó otro contrato de arrendamiento con una empresa Mercantil, por un periodo de cinco años.
El Sr. Portavoz del Partido Socialista, D. Francisco Espinosa, señala que a él no le gusta la caza por lo que no tiene ningún interés personal en el asunto. El contrato a que se hace referencia, lo firmó para incluir las parcelas municipales en el coto existente, ya que, en su opinión, no se puede incluir en ningún otro, y de no haberlo firmado, las parcelas se quedarían libres, con el consiguiente perjuicio para los intereses municipales. Opina que de todas formas este contrato se puede rescindir en cualquier momento, si así lo decide el grupo de gobierno actual.
El Sr. Concejal socialista, D. Alvaro Almarcha, dice, al Sr. Alcalde, que no le ha parecido bien que este contrato, que pidió por escrito, se la haya entregado en esta sesión Plenaria, en lugar de dárselo a él personalmente, en las oficinas del Ayuntamiento.
El Sr. Alcalde contesta que se supone que este contrato lo pidió el Sr. Alvaro Almarcha, en su condición de Concejal del Ayuntamiento, por lo que no ve donde está el problema de que se le entregue en esta sesión Plenaria, así como, si quieren copia del mismo el resto de concejales, la tiene disponible para facilitársela en este preciso momento, ya que quiere que haya transparencia en los asuntos municipales. No obstante aclara, que este asunto, independientemente de que el mencionado Concejal hubiera pedido o no este documento, tenía pensado tratarlo en este Pleno, dada la gravedad del mismo.
También quiere dejar constancia de que con el arrendamiento de pastos de los Bastecos ha ocurrido prácticamente lo mismo. Días antes de finalizar el mandato de gobierno, el Sr, Francisco Espinosa Espinosa, firmó otro contrato de arrendamiento de pastos de las parcelas municipales de Bastecos, por un año, y del que hay copia en las dependencias municipales.
Seguidamente la Concejala delegada de Cultura, Dª Lorenza de la calle, explica que en días pasados se ha personado en las dependencias del Centro Social, un vecino de la localidad con documentación oficial y confidencial de los Servicios Sociales del Ayuntamiento, en la que aparece números de cuentas bancarias, saldos bancarios, etc de vecinos de esta  localidad, así como otros datos personales y confidenciales que por Ley están protegidos, y otra  documentación original tramitada por el anterior Gobierno, del que era Alcalde el Sr. Francisco Espinosa. Dicho vecino ha manifestado que esta documentación la ha cogido de un contenedor de basura de las inmediaciones del Centro Social Polivalente, en días posteriores a la celebración de las pasadas elecciones municipales,  y también ha comentado que se reserva el derecho de emprender las acciones legales que procedan contra este Ayuntamiento, por este asunto. Por todo ello, quiere que quede constancia de que si surge algún asuntos judicial o de otra índole, sobre este tema, el grupo de gobierno actual del partido popular, está exento de responsabilidad, ya que esta documentación que anda pululando por la localidad, es referida a fechas anteriores a la constitución de la actual Corporación Municipal, por lo que ésta esta exenta de toda responsabilidad sobre este asunto.
El Sr. Portavoz del Partido Socialista, manifiesta que  el actual grupo de gobierno local, no ha de tener miedo en este sentido, ya que a este grupo político no se le puede pedir responsabilidades de asuntos o hechos surgidos antes de entrar en el gobierno municipal. Sigue diciendo que él no es conocedor de estos hechos, y asegura  que toda la documentación que se ha presentado de forma oficial es pasada por registrado del Ayuntamiento y  después, el original, se le pasa a los técnicos y departamentos que corresponda en cada caso, y a él solamente se le pasaba fotocopia de esta documentación, pero nunca original.
El Sr. Concejal del Partido Popular, D. Isidro Zapata, dice que se ha comprobado que no toda la documentación que pasaba por el Sr. Francisco Espinosa, la entregaba para el obligado Registro de Entrada de documentos del Ayuntamiento.
 Sin más intervenciones y no habiendo más asuntos que tratar, el Sr. Alcalde - Presidente levanta la sesión siendo las veintitrés horas y treinta minutos, y para constancia de lo que se ha tratado y de los acuerdos adoptados, extiendo la presente acta que firma el Sr. Alcalde y la certifico con mi firma. Doy fe.